Garantías que puede solicitar una entidad de crédito

La documentación a exigir por la entidad de crédito al solicitante de un préstamo para determinar su concesión, en función del riesgo de devolución por el beneficiario, varía según la naturaleza física o jurídica de éste.

 Las garantías básicas que dan conformidad a las operaciones de crédito son:

  • Garantías personales (no dinerarias). Las que garantizan el volumen de ingresos necesario para hacer frente a la devolución del préstamo como últimas nóminas, declaración de la renta, del IVA, seguros de vida. etc. Para el caso de sociedades serían los estados contables oficiales, balance y cuenta de resultados, impuesto de sociedades. etc.
  • Garantías reales (hipotecarias o dinerarias). Las que la entidad de crédito requiere al solicitante del préstamo cuando, realizado el análisis de riesgo con las garantías personales aportadas, las estima insuficientes, si bien, en el caso del Plan Avanza, la entidad financiera no puede solicitar garantías dinerarias o hipotecarias."