¿Qué es la normativa de "mínimis" (aplica a Préstamo TIC)?

Es la que recoge el Reglamento CE 1998/2006 de la Comisión Europea de 15 de diciembre de 2006 relativo a las ayudas de mínimis dónde se recogen, por un lado, una serie de sectores económicos que no puede percibir ninguna ayuda nacional y por otro lado se contemplan unos límites de cantidad máxima de ayudas nacionales a percibir por una empresa, que en la actualidad no pueden superar los 200.000 € en un periodo de 3 años para cualquier empresa y los 100.000 € durante el mismo periodo de tiempo para las empresas pertenecientes al transporte por carretera.

Por último cabe señalar que en el caso de los Préstamos no se imputa como ayuda nacional el total de su cuantía sino solamente la subvención equivalente a la que dan lugar que en la actualidad y, a modo de ejemplo, sería de un 8,65% del importe del préstamo, aplicando los tipos de recuperación publicados por la Comisión Europea para España a partir de enero de 2008.